Por las anteriores razones, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Se niega la entrega de vehículo solicitada por el ciudadano: PEDRO PABLO HEREDIA, CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 7794137, de conformidad con el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.