III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el querellada, ciudadana María Elena Araujo Bencomo contra la sentencia dictada por el A quo el 22 de febrero de 2018.
Se declara CON LUGAR la presente querella interdictal de amparo a la posesión propuesta por la ciudadana Auri Carolina Materán González contra la ciudadana María Elena Araujo Bencomo, ambas identificadas en autos, contenida en el expediente número 12282-16, nomenclatura del a quo, y que versa sobre el inmueble formado por un lote de terreno situado un lotecito de terreno adjunto a la parcela de su propiedad el cual consta de los siguientes linderos: Norte: por donde mide quince metros (15 mts) con la avenida p.....