En razón de los motivos especificados y detallados este tribunal al tener conocimiento de lo sucedido, en base a las resultas de las notificaciones de los llamados del Tribunal, lo ajustado a derecho es ordenar la aprehensión del ciudadano YOVANY OROZCO VIERA, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.329.806 (no porta), Venezolano, de 33 años, nacido en fecha 26/10/1977 de ocupación albañil, hijo de Nicolás Orozco y de María Cleotilde Díaz, estado civil Soltero, domiciliado en el Barrio el Milagro, sector el Pardillo, calle 4, casa s/n, por donde esta el Mercal a cinco casa es de color verde es de mi mamá María Clotilde Viera Valera Estado Trujillo, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, delito previsto y sancionado en los artículo 39, 41 encabezamiento y último aparte y 42 encabezamiento y primer aparate de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana LENIS BEAT.....