En Audiencia Preliminar; adelantada la Prolongación, por solicitud de las partes, la cual estaba fijada para la 1:00pm, comparece la parte Actora, la ciudadana PATRICIA VIRGINIA BRIONI PUJOL, venezolana, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad N° 19.286.396, y su Apoderada Judicial la Abogada VICMARY OJEDA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 180.505, y por la demandada comparece EMPRESA MUNDO TEENS C.A, representante legal NEIRA SOFIA MEDINA, en su carácter de Director Gerente, por intermedio de su Apoderada Judicial Abogada JARENTH MATHEUS ALBORNOZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 117.524, las partes llegan al siguiente acuerdo: la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de Bs. 5.033,3, la parte actora conviene y acepta. El Tribunal Homologa el acuerdo de las partes.