administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, ADMITE LA ACUSACION presentada por la Abogada INGRID PEÑA CABRERA, actuando con el carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, contra la ciudadana JOSELIN DAYANA VALERO TORRES , venezolano, cédula de identidad N° 14598964, nacido el 12-02-81, hija de Fanida Valero y Jose Manuel Valero de 25 años de edad, soltera, estudiante, residenciada en Moron Parte Alta via al tanque N° 05, casa de color blanca, cerca del mercado municipal Estado Trujillo, , por el delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, Penúltimo Aparte, de la Ley Orgánica Contra el Consumo y Tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. EN SEGUNDO LUGAR, ADMITE las pruebas ofrecidas por el representante del Ministerio Público y por la defensa y EN TERCER LUGAR, condena a la PREIDENTIFICADA JOSELIN DAYANA .....