Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana DALIA ROSARIO MEJIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.102.600, domiciliada en el Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo, asistida por la abogada ANA BAPTISTA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 62.23, contra la ciudadana LEYDIS FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Número 4.524.429, representada por el abogado JUAN CARLOS AGUILAR RENGIFO, titular de la cédula de identidad Número 10.313.253 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.62.232, motivado a RESOLUCION DE CONTRAT.....