por UNANIMIDAD, Declara: PRIMERO:En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Mixto Primero de Primera Instancia en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de conformidad con el artículo 366 del código orgánico Procesal Penal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley previa deliberación, considera INCULPABLE al acusado MARCELINO ANTONIO COLMENARES ROMAN, titular de la cedula de identidad N° 9.316.659, de 42 años de edad, nacido en fecha 02/06/1964, en Municipio La Ceiba, hijo de Gerardo Colmenares y Lorenza Román, grado de instrucción sexto grado de educación primaria, de ocupación u oficio comerciante, residenciado Barrio La Planada, calle Principal casa N° 03, a 100 mts., del Peaje de Tazón, Hoyo de la Puerta, Estado Miranda por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO , previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente a la fecha en que ocurren los hech.....