Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA con lugar, el Recurso de Apelación interpuesto por el ABG. ROBERT RAMON HERRERA JARAMILLO, en carácter de Fiscal Decimoprimero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo., en contra de la decisión de fecha 06/07/2012, en la cual acordó la Suspensión del Régimen Abierto, Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en la causa Nº TP01-P-2008-003285, que se le sigue al ciudadano JOSE ALBERTO CORNIELES RIVAS, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE previsto y sancionado en los artículo 455 del Código Penal.
SEGUNDO: QUEDA revocada.....