Así las cosas y a los fines de subsanar el error material ya delatado, considera quien esto suscribe que debe ordenar su corrección, como en efecto se corrige, y en consecuencia, téngase por corregida la fecha de publicación de la sentencia proferida en la solicitud de amparo constitucional propuesta por el ciudadano Guzmán Muchacho, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana María Victoria Andara Estrada contra el ciudadano Rafael Ángel Fernández Morillo, la cual es la siguiente: "Veintitrés (23) de noviembre de dos mil diecisiete (2017)", que es lo correcto. Téngase la presente aclaratoria como parte integrante del fallo proferido el 23 de noviembre de 2017. Así se declara.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abog. ADOLFO GIMENO PAREDES
LA SECRETARIA,
Abog. RIMY RODRÍGUEZ ARTIGAS