Este Tribunal de Control N° 03, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Se califica la aprehensión en flagrancia al ciudadano: QUINTERO SANCHEZ FRANCICO JOSE, venezolano, cédula de identidad N° 14.799.066, nacido el 31-05-77, de 28 años de edad, soltero, chofer, hijo de Francisco Quintero y Eudoxia Sanchez, residenciado en Vía la Puerta, sector el cucharito, cerca del hotel la Ruza, casa de bloques al frente de la bodega de Joaquin Gonzalez, Valera; se precalifica el hecho imputado como LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 en concordancia con el artículo 420 numeral 2 del Código Penal, en agravio de Etan Rondon García . Se decreta la aplicación del procedimiento ordinario y se decreta medida cautelar sustitutiva de libertad, consistente en presentación ante el Tribunal cada 30 días, prohibición de cambiar de domicilio sin autorización del Tribunal y comparecer a Fiscalía y Tribunal cua.....