Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de PEDRO JOSE HERNANDEZ BORTUZZO, venezolano, nacido en fecha 02-01¬1979, cedula de identidad Nº V-13.765.031, de profesión u oficio comerciante, de estado civil casado, hija de Erika Bortuzzo y Pedro Hernández, residenciado en la avenida principal de la hoyada, casa numero 66, diagonal a silenciadores Kony, frente a Mercal, al lado de la urbanización Villa Santa Maria, Municipio San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo, por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en agravio de MARBELIS JOSEFINA BARRIOS AGUILAR, venezolano.....