Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda propuesta por la ciudadana ADRIANA BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.015.008, con domicilio en el sector El Tendal, Parte Baja, Casa S/N al lado de la familia Rumbos, Parroquia Matriz, Municipio Trujillo, estado Trujillo, asistida por el ABG. RUBÉN DARÍO RONDON GRATEROL, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 38.886, en su carácter de Procurador de Trabajadores del estado Trujillo; contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MONTE CARMELO DEL ESTADO TRUJILLO, representada legalmente por el ciudadano ALEXIS PASTOR LINARES en su condición de Alcalde del Municipio y judicialmente por Abg. ALCALDIO SALCEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la .....