Por las razones de hecho y derecho expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por el ciudadano Abogado Rafael Simancas en contra del Juez Jorge Pachanoen la causa penal N° TP01-P-2012-005221, fundada en los artículos 86 cardinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se acuerda Oficiar al Juzgado de Control Nº 1 que actualmente tiene la causa a los fines de que se le haga saber que la recusación propuesta fue declarada sin lugar en consecuencia deberá remitir la causa nuevamente al Juzgado de Control Nº 07 el cual seguirá conociendo la causa penal de conformidad con los artículos 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Líbrese Oficio además al Juzgado de Control Nº 07 haciéndole saber al Juez Jorge Pacha.....