DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos éste TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE JUICIO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Evidenciado el cumplimiento cabal y total de las condiciones que le fueron impuestas en su oportunidad y finalizado el Régimen de Prueba, oídas las partes de conformidad con el artículo 45 y 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano GUILLERMO RAMON PEÑA, venezolano, de 39 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 12.541.685, albañil, residenciado final de la calle 10 , Barrio 5 de Mayo, casa N° 10-42 natural de Valera, Estado Trujillo, por la comisión de Violencia Física y Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 16 y 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la mujer y Familia, en agravio de ciudadana LEON VALERA JANETH,. A si mismo se le otorga la libertad pl.....