En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo declara:
PRIMERO: SIN LUGAR La Defensa Perentoria de Fondo consistente en la CADUCIDAD DE LA ACCION alegada por la parte demandada. Así se decide.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR La presente demanda por ACCION POSESORIA POR RESTITUCION, intentada por el ciudadano ANUAR JOSE SEMPRUM ARTIGAS, titular de la cedula de identidad numero 14.780.773, asistido por el abogado en ejercicio MAXIMO RANGEL PAREDES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 46.740 en contra del ciudadano LISARDI NAVAS NAVAS, titular de la cedula de identidad numero 9.310.488, representado por el Defensor Publico Agrario número 3 del Estado Trujillo, Abogado PEDRO ORTEGANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 127.598, sobre un lote de terreno ubicado en el Sector Palo .....