...GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRICPIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.
Trujillo, 12 de junio de 2026
216° y 167°
De la revisión de las actas se observa: que en la decisión dictada en el día de ayer, 11 de junio de los corrientes, se ordenó la notificación de las partes de dicha decisión, pero de un simple computo matemático se percató este Tribunal que dicha decisión fue dictada dentro del lapso, por lo cual hace inoficioso la notificación de las partes, razón por la cual deja sin efecto las mismas, y ordena tener el presente auto como aclaratoria de la decisión antes dictada. Cúmplase.

El Juez Provisorio,

Abg. Javier Mendoza Escalante.

El Secretario Temporal,

Abg. Jesús David Plaza M.