En Audiencia Especial anticipada solicitada por las partes, el Tribunal la acordó de conformidad con el articulo 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; comparece la parte Actora Ciudadano: GERSON RUIZ PUCHE, titular de la Cedula de Identidad No. 10.719.182, asistido por la Abogada: INGRID TIBISAY OROZCO COTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.115.963 y por la demandada: PEPSICOLA VENEZUELA C. A, representada por el Apoderado Judicial Abogado: EMERSON MORA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.952.La parte demandada convino en reconocer al demandante la cantidad de Bs.F 25.000,00 cancelando en este acto, el trabajador recibio conforme y el Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley homologo el acuerdo.