En virtud de lo expuesto, este Tribunal Superior Octavo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de Amparo Cautelar realizada por la contribuyente ABBOTT LABORATORIES, C.A por intermedio de su apoderado, Abogado, ANDRÉS HALVORSSEN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 49.144 respectivamente contra la Resolución Nro. SNAT/INA/GA/DN/2010/E/00544, de fecha 02/08/2010, emanada de la Intendencia Nacional de Aduanas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la contribuyente ABBOTT LABORATORIES, C.A, por intermedio de su apoderado, Abogado, ANDRÉS HALVORSSEN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 49.144 respectivamente contra la Resolución Nro. SNAT/INA/GA/DN/2010/E/00544, de fecha 02/08/2010, emanada de la Intendencia Nacional de Aduanas del Serv.....