PRIMERO: Se ADMITE la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL GONZALEZ CATARI, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.325.013, por la presunta comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, mas el agravante especial establecido en el articulo 217 Ejusdem, en perjuicio de la ciudadana (IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNNA).
SEGUNDO: Se admiten TOTALMENTE las pruebas promovidas por el Ministerio Público y las testimoniales promovidas por la defensa del imputado, por ser útiles, legales, pertinentes y necesarias.
TERCERO: Se ordena la apertura a Juicio Oral, se ordena la remisión del presente asunto una vez vencido el lapso de apelación, instruyendo a la secretaria del Tribunal a que sean remitidas todas las actas procesales al Tribunal de Juicio, quedando a disposición de dicho tribunal de Juicio todos los objetos activos y pas.....