Por las razones antes expresadas éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por ROBERTO VILLASANTE ZEVALLOS, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° E- 81.941.275 y de este domicilio, CONTRA PANADERIA Y PASTELERIA CRISTY, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 04 de noviembre de 1999, bajo el N° 06, Tomo 42-A.
2. Se condena a la accionada, antes identificada a pagar a la parte actora la suma de CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON UN CÉNTIMO (Bs. 5.1404.333,10) por concepto de prestaciones sociales adeudadas.
3. En materia de intereses sobre Prestaciones Sociales y corrección monetaria solicitados, este Tribunal ordena la realización de una EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO, desde la fecha de la admisi.....