DISPOSITIVA
Con base a lo señalado, ut supra, este Tribunal de Primera Instancia Unipersonal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano CARLOS JOSÉ MOREY RIVAS, cédula de identidad Nº: V.-11.987.733 domiciliado en Río Blanco 1, Sector Doña Paula, Calle Pinto Salina, Casa Nº 8-A, Maracay, estado Aragua asistido por la Defensa Privada Abg. Pedro Troconis Da Silva, a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, con el Agravante previsto en el artículo 46 ordinal 4° ejusdem, mas las penas accesorias de ley.
SEGUNDO: Se acuerda la Confiscación de.....