DISPOSITIVA
Por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE, POR IRRECURRIBLE, el Recurso de Apelación interpuesto por el ABG. LUIS RAMOS REYES, en su condición Defensor Privado del ciudadano LEONEL JOSÉ LUCENA VARGAS, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 10 de éste Circuito Judicial Penal, Extensión Carora en fecha 10-03-2010 y fundamentada en fecha 12-03-2010, mediante el cual admite la acusación fiscal y ordena la apertura a juicio.
SEGUNDO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de Primera Instancia de este Circuito Judicial Penal, que está conociendo del Asunto Principal, a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese la presente decisión. Remítase al Tribunal de P.....