Por las consideraciones precedentemente explanadas, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Carora, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGA EL DESISITIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano JORGE CARLOS DE SOUSA ARROYO, en consecuencia, se confirma la sentencia dictada en fecha 25 de abril de 2011. Ddesglósese los originales que cursan en autos y entréguese a la parte solicitante. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada sobre el archivo del Tribunal.
Dada, firmada