En autos del folio 70 al 73 y del 75 al 77, rielan cinco (5) contratos de trabajo consignados en copia simple, los cuales fueron reconocidos en la audiencia de juicio por la parte demandada, se les otorga valor probatorio y se aprecian de conformidad con el Artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En ellos se observan los acuerdos celebrados entre el ESTADO LARA en órgano de la GOBERNACIÓN y el ciudadano JAVIER ANTONIO PEROZO, en los cuales se acordó que este último desempeñara como asistente administrativo y asistente secretarial; fueron suscritos en las fechas 01-01-2005 al 31-12-2005; 01-01-2006 al 31-03-2006; 01-03-2007 al 31-12-2007; 16-05-2008 al 31-12-2008; 16-02-2009 al 31-12-2009, excediendo el límite de prórrogas establecido en el Artículo 74 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Del análisis de los contratos suscritos, se evidencia que el primer acuerdo de fecha 01 de enero de 2005, se renovó el 01 de enero de 2006, 01 de marzo de 2007, 16 de mayo de 2008 y 16 de feb.....