PRIMERO: Con Lugar la solicitud de deslinde de propiedades contiguas, interpuesta por EDUAR ENRRIQUE MORENO BLANCO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la Cédula de Identidad Número V-11.753.239, actuando con el carácter de DEFENSOR PÚBLICO de los ciudadanos: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS y ORNELLA PELLEGRINI FRAGNITO, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-2.940.803 y E-81.098.157, contra SIMÓN GERICK, conocido como SIMÓN GERICK MUTACH titular de la cédula de identidad Nro 602.192.
SEGUNDO: En consecuencia, queda fijado como lindero definitivo, o colindante entre el fundo LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS y ORNELLA PELLEGRINI FRAGNITO, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-2.940.803 y E-81.098.157, y la propiedad de SIMÓN GERICK, conocido como SIMÓN GERICK MUTACH titular de la cédula de identidad Nro 602.192, ubicado en: ubicado en la población de El Jarillo, sector la "Enea", jurisdicción del Municipio Guacaipur.....