Por las razones antes expuestas este tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide REFORMAR el CÓMPUTO DE PENA del ciudadano Jackson Daniel Montilla Quintero, dada la redención de la pena por el trabajo en los términos antes expuestos, de conformidad con el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Impóngase al penado. Remítase copia certificada del presente cómputo al Director del Internado Judicial de Trujillo y a las partes. Provéase lo conducente.
Se ordena tramitar lo concerniente a la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de Trabajo Fuera del Establecimiento Penal al ciudadano Jackson Daniel Montilla Quintero.
El Juez de Ejecución N° 2,
Laudelino Aranguren Montilla
El Secretario,
Javier Mendoza.
Causa N° TP01-P-2006-02598