ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: Con Lugar la solicitud realizada por la abogada Emma Perdomo Pérez, Defensor Público Nº 02 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la presente causa seguida al adolescente , venezolano, de años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº , nacido en fecha , por el delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de José Damasio Torres, de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con el efecto establecido en el artículo 547 eiusdem. Notifíquese a las partes.
Publíquese y Regístrese, Agréguese copia en el copiador de Resoluciones correspondiente. Dada, Sellada y Firmada, en Trujillo, Estado Trujillo, al primer (1) día del mes de octubre de 2007.
El Juez
La.....