III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de regulación de competencia planteada por la parte actora en su escrito de alegatos presentados ante este Tribunal Superior en fecha 10 de Marzo de 2014, a los folios 60 al 62.
En consecuencia se declara que es COMPETENTE para conocer y decidir el presente juicio un Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Se decreta la NULIDAD de todas las actuaciones cumplidas en este proceso desde el auto de admisión de la demanda de fecha 19 de Octubre de 2012, al folio 18 hasta la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial d.....