A los fines de pronunciarse sobre la medida solicitada la cual consiste en: "1) Se permita cambiar la Melaza en dinero de curso legal, para lo cual se autorice a los representantes de DEFISA, como empresa encargada del almacenamiento de la Melaza a que traslade las DOS MIL DOSCIENTAS CUARENTA Y CUATRO TONELADAS MÉTRICAS DE MELAZA DE CAÑA (2.244 TM) ubicadas en el Central Azucarero Motatán, para liquidar las tres (03) Operaciones de Reporto ya plenamente identificadas, con el fin de que el dinero excedente de dichas operaciones generen sea depositado en una cuenta bancaria que a tal efecto sirva designar este Tribunal, para poder pagar con dicha suma a los cañicultores que acrediten su derecho; 2) Se autorice a este Instituto Autónomo, órgano material de ejecución de la expropiación de dicho Central Azucarero, a vender, en acuerdo con los cañicultores, las cantidades de Melaza que se verifiquen queden en el citado Tanque, y el precio de dicha venta sea igualmente depositado en la cue.....