En Audiencia Preliminar; comparece por la parte Actora: WILSON ORLANDO PEDROZO GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad: 10.686.929, asistido por la Abogada en ejercicio ROSIBELL YARELIS VETANCOURT SEGOVIA, inscrita en el I.P.S.A con el Nº 158.277, por una parte, y por la otra, PEDRO JOSE VALE MONTILLA, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A con el N° 23.752, con el carácter de Apoderado de la Demandada PEPSI-COLA VENEZUELA C.A, las partes llegan al siguiente Acuerdo: la parte demandada cancela la cantidada de Bs. 253.454, en 2 partes la primera por la cantidad de Bs. 199.622,00 que fue cancelada en fecha 14-09-2011, y en este acto la cantidad de Bs. 53.832, mediante cheque, la parte actora conviene y acepta. El Tribunal Homologa el acuerdo.