Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE, el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado FRANCISCO JOSE GIL HERRERA, en fecha 03 de diciembre de 2010, contra el auto dictado en fecha 23 de noviembre de 2010, por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual queda CONFIRMADO.
Se ordena remitir mediante oficio, copia certificada de la presente decisión al Juzgado de Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para hacerle saber del contenido de la presente decisión.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Pr.....