Visto el acuerdo a que llegan las partes, el accionante desiste del procedimiento de Calificación de Despido, y se acuerda el pago de Prestaciones sociales y otros conceptos laborales, de la cantidad de Bs.3.131.650,29. En consecuencia, este tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.