En consecuencia de lo expuesto, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la pretensión que por Cobro de Honorarios Profesionales ha intentado el ciudadano GILBERTO LEON ALVAREZ I.P.S.A 42.166, plenamente identificado en autos contra la firma mercantil "GOMA ESPUMA NACIONAL C.A.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber vencimiento total.
TERCERO: Notifíquese la presente sentencia de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.