PRIMERO: ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo por Abstención y Carencia, intentado por el ciudadano RAFAEL SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.095.099, en su carácter de representante legal de la empresa GERENCIA Y CONSTRUCCIONES GERI, C. A., inscrita en el Registro Mercantil VII, Nº 56, tomo 250-A-VII, debidamente asistido por el ciudadano abogado GUSTAVO MARTÍNEZ.
SEGUNDO: INADMISIBLE el Amparo Constitucional ejercido en forma conjunta, intentado por el ciudadano RAFAEL SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.095.099, en su carácter de representante legal de la empresa GERENCIA Y CONSTRUCCIONES GERI, C. A., inscrita en el Registro Mercantil VII, Nº 56, tomo 250-A-VII, debidamente asistido por el ciudadano abogado GUSTAVO MARTÍNEZ.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se ordena la notificación del Ministerio del Poder Popula.....