D I S P O S I T I V A
Por los argumentos y fundamentos que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos ROSSANNA ROSSANDA BRITO GUERERE y LADIMIR RAMON CHACIN ARAUJO, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído el día VEINTISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO (26-07-04), por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rita del estado Zulia, según se evidencia del acta de matrimonio N° 45, que corre inserta al folio 5 del expediente.
Déjese por Secretaría copia certificada del presente fallo, de acuerdo a lo disp.....