En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE EN DERECHO el desistimiento del procedimiento efectuado por el Abogado RAFAEL ALVARO RAMIREZ PULIDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.38.267, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil, MERCANTIL, C,.A., BANCO UNIVERSAL en contra los ciudadanos, ANGEL LEONARDO ROA y MANUEL ARMANDO PEÑA RANGEL, quedando por tanto HOMOLOGADO.
Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en costas.
Tercero: Archívese el expediente