En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
A solicitud del Ministerio Público, se acuerda imponer Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad a favor del ciudadano JAIME JOSE SILVA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.983.128, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Sector Los Dos Caminos calle 2 casa Nº 1, El Tocuyo, Municipio Morán del Estado Lara, por la presunta comisión del Posesión Ilícita de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo dispuesto en los ordinales 3º y 4º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando obligado el mencionado ciu.....