Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana NAILA NOHEMI PIÑA ESPINOZA, en contra de la sentencia de fecha 03 de abril de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto. En consecuencia, se REVOCA el fallo recurrido y se declara Con lugar la declaración de UNION ESTABLE DE HECHO, incoada por la ciudadana NAILA NOHEMI PIÑA ESPINOZA, desde el año 2002 hasta 22 de septiembre de 2012.