Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar requerida por el ciudadano EFRAIN ALEXANDER JIMENEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.964.486. Contra la Providencia Administrativa N° 00093, emitida en fecha 05 de enero de 2018, por la Inspectoría del Trabajo sede "José Pio Tamayo" de Barquisimeto en el expediente administrativo N° 005-2016-01-01044.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.