D I S P O S I T I V A
Por todas las razones antes expuestas que este Tribunal de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con el contenido de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, se Decreta MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD contra el ciudadano: AGUSTIN VALBUENA ROMERO, Cedula de Identidad (NO HA CEDULADO), venezolano, natural de La Sierra de Perija, Estado Zulia, nacido en fecha 30/03/1989, edad 21 años de edad, de profesión u oficio: comerciante, estado civil: Soltero, grado de instrucción: ninguno, hijo de Poropopo Marín Chirinos y Blanca Elena Moreno Valbuena, en el Terminal de Pasajeros en la 42 donde están todos los indígenas, Barquisimeto, Estado Lara, teléfono 0414-6834504, a quien se le atribuye la presunta comisión de los delitos de: HOMICIDIO EN GRADO DE FR.....