En Audiencia Preliminar; no comparece la parte Actora, los ciudadanos: JOSÉ ANTONIO DOMÍNGUEZ, y otros ni por si, ni por intermedio de sus Apoderados Judiciales, y se deja constancia de la comparecencia la parte demandada: CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A, representada legalmente por el ciudadano WILLIAM, titular de la cedula de identidad N° E- 84.431.392, por intermedio de su Apoderada Judicial Abogada CARMELITA BASTIDAS, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 60.121, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy.