Administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia fue interpuesto en contra de la decisión publicada por el Tribunal de Juicio N ° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, en fecha 14 de Junio de 2007, mediante la cual declara CULPABLE al ciudadano BRAULIO IGNACIO ALVAREZ PEREZ, por haberse comprobado que es autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio de RAMON ANTONIO GODOY CAÑIZALEZ y se le CONDENA A CUMPLIR la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, y LAS ACCESORIAS LEGALES correspondientes establecidas en el artículo 13 del Código Penal. Y CONFIRMA la sentencia recurrida.