Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS ( EN TRANSICIÓN), Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 242, 243, 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el Juicio intentado por la Sociedad Mercantil VARADERO Y ASTILLERO DEL ZULIA, C.A, (VAZCA), contra el BANCO MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, y los ciudadanos ALFREDO PIETRI GARCIA e IRAMA CALCAÑO M., ya identificados en la primera parte de esta decisión.