En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento de la solicitud de Ejecución de Hipoteca Naval interpuesta por los ciudadanos JOSÉ ÁNGEL FERRER ROMERO y ÁNGEL RAMÓN COLINA FERNÁNDEZ, identificados en autos, contra el ciudadano ALEX RUBÉN VILLARROEL PÉREZ, también identificado en autos.
En cuanto a la solicitud del levantamiento de las medidas de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR y PROHIBICIÓN DE ZARPE, que pesan sobre la embarcación antes mencionada, este Tribunal ordena su levantamiento, para lo cual se ordena librar oficios al Registrador Naval de la Circunscripción Acuática de las Piedras, Estado Falcón; Capitanía de Puerto de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui y Capitanía de Puerto de Carúpano, Estado Sucre.
Asimismo, en lo referente a la solicitud de correo especial realizada por JOSÉ ÁNGEL FERRER ROMERO, este Tribunal acuerda lo solic.....