en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara con lugar la demanda de Desalojo de conformidad con el articulo 40 literal A, de la Ley de Regulación de Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, interpuesta por la ciudadana THAIS MARIANELA GUDIÑO DE CIARCA contra el ciudadano ALEXIS SAUL SANABRIA COLMENAREZ, plenamente identificado en autos por lo que se ordena: PRIMERO: El desalojo del inmueble arrendado al ciudadano ALEXIS SAUL SANABRIA COLMENAREZ, del local comercial constituido en un local distinguido con el No. 2PB, (hoy local 2) del Centro Comercial Plaza La Cruz de Cabudare Estado Lara, debiendo entregarlo libre de personas y cosas a la parte actora. SEGUNDO: Se condena en pagar la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (Bs. 18.000,00) correspondiente al monto adeudado por concepto de mensualidades vencidas y las que se sigan venciendo hasta la entrega definitiva del inmueble. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente v.....