DECISIÓN
Por virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en la Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el accionante ROMAN DELGADO DUGARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.729.662, debidamente asistido por la Abogada GREGORIA LUCÍA LINAREZ LINAREZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 170.024, contra el auto de fecha 06-08-2018 que negó la apelación contra el auto interlocutorio dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Déjese copia certificada de la presente sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de.....