´Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA SOLICITUD DE ACLARATORIA de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha 26 de noviembre de 2024, en el asunto instaurado por el ciudadano JOSE RAMON OCANTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.250.669 por INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO Y DAÑO MORAL contra la empresa LIBERTY EXPRESS, C.A. En consecuencia, se aclara lo siguiente:
Se ordena el pago de SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (Bs. 65.573,14) por concepto de INDEMNIZACIÓN por la responsabilidad subjetiva tal y como lo establece el Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL) en la certificación expe.....