Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara la cesación de la medida de Semilibertad, a favor de (Identidad Omitida), identificado supra; por la comisión del delito de Robo Agravado , previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal derogado, ocurrido el 22 de junio de 2003, en perjuicio de Wilber Alejandro Nogales Martinez; y condenado en sentencia de fecha 18 de enero de 2004. Se ordena solicitarle al sancionado la consignación de la cédula de identidad a efectum videndi; y someterse al examen toxicológico por ante el Laboratorio de Criminalística del CICPC, el día 12 de febrero de 2006 a las 9 am.
Regístrese y Notifíquese.