Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JOSE JESUS ALICANDU OPORTO y WILLIAM ENRIQUE SANTAMARÍA, Defensores del ciudadano VÍCTOR ALDEMARO TORRES NIEVES, y en consecuencia, CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 05 de Diciembre de 2008, en virtud de la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del mencionado ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, ordinales 1°, 2° y 3°, en concordancia con los artículos 251, parágrafo primero y 252, ordinal 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS y DETENTACION DE ARMAS DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópi.....