D I S P O S I T I V O
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la demandante contra el auto de fecha 13 de Enero de 2010, dictado por el tribunal de la causa, en el presente juicio que por divorcio propuso la ciudadana Ana Mercedes Ramírez Luque contra el ciudadano Jorge Enrique Parra Solarte, ambos identificados en autos.
Se CONFIRMA el auto apelado.
NO SE CONDENA EN COSTAS a la apelante perdidosa por cuanto tuvo motivos racionales para apelar, lo cual se infiere del acuerdo conciliatorio arriba indicado en el que se modificó la medida adoptada inicialmente por el tribunal de la primera instancia en relación con la obligación de manutención.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Bájese este exp.....